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Descubre cuándo necesitas un informe técnico de arbolado en Madrid para justificar talas, podas, daños, riesgos u obras y solicitar autorización.

© ForestCaza

La tala, la poda drástica o determinadas actuaciones sobre árboles urbanos pueden requerir un informe técnico previo. Explicamos cuándo es necesario en la Comunidad de Madrid y qué debe justificar.

Los árboles situados en jardines, parcelas, comunidades de propietarios y otros terrenos urbanos no pueden eliminarse libremente por el simple hecho de encontrarse dentro de una propiedad privada. En la Comunidad de Madrid existe una normativa específica que protege determinados ejemplares y obliga a justificar técnicamente muchas de las actuaciones que pueden afectarles.

Antes de talar un árbol, realizar una poda drástica o comenzar una obra junto a sus raíces conviene comprobar las características del ejemplar, la clasificación urbanística del terreno y la ordenanza del municipio. Actuar sin autorización puede provocar la paralización de los trabajos y la apertura de un expediente sancionador.

¿Qué árboles están protegidos en la Comunidad de Madrid?

La Ley 8/2005, de Protección y Fomento del Arbolado Urbano se aplica a los ejemplares de cualquier especie que se encuentren en suelo urbano y tengan más de diez años de antigüedad o un diámetro de tronco superior a veinte centímetros medido al nivel del suelo.

Desde la modificación introducida en 2024, la norma considera ejemplar arbóreo al vegetal leñoso con un tronco principal que se ramifica a cierta altura y que puede alcanzar al menos cinco metros en su madurez. También incluye las palmeras y considera como un único ejemplar los rebrotes procedentes de una misma cepa o raíz.

La protección afecta tanto al arbolado público como al situado en propiedades privadas. Además, los ayuntamientos pueden disponer de ordenanzas, inventarios o catálogos municipales con requisitos adicionales. Por ello, el procedimiento concreto debe consultarse siempre ante el municipio correspondiente.

Cuándo se necesita un informe técnico de arbolado

El informe técnico resulta especialmente necesario cuando se pretende justificar que la tala es la única solución viable. La legislación madrileña contempla varios supuestos excepcionales, pero exige que la situación del árbol y la necesidad de intervenir queden debidamente acreditadas.

Uno de ellos se produce cuando el ejemplar está severamente afectado por plagas, enfermedades o daños físicos que comprometen su viabilidad. En este caso, el informe debe describir su estado, valorar las posibilidades de tratamiento o recuperación y explicar por qué la tala resulta necesaria.

También debe presentarse cuando el árbol pueda suponer un riesgo para personas o bienes. La presencia de ramas fracturadas, cavidades, pudriciones, inclinaciones anómalas, raíces dañadas o defectos estructurales no implica automáticamente que sea necesario eliminarlo. Un técnico competente debe inspeccionar el ejemplar, valorar el riesgo y determinar si existen alternativas como la poda, el apuntalamiento, el seguimiento periódico o la restricción de acceso a la zona.

Otro supuesto frecuente aparece cuando las raíces o el tronco están provocando daños en muros, cimentaciones, pavimentos, cerramientos o redes de saneamiento. El informe deberá acreditar esos daños y justificar que no existe otra solución razonable que permita conservar el árbol.

La ley también exige justificación técnica cuando se trate de una especie exótica invasora. Si el árbol está completamente seco, continúa siendo recomendable documentar su estado, puesto que será necesario solicitar la autorización municipal y el ayuntamiento puede pedir pruebas de que el ejemplar ha perdido definitivamente su viabilidad.

Obras, trasplantes y podas drásticas

Cuando un árbol protegido resulta afectado por una obra, una reforma o la construcción de una infraestructura, la primera alternativa que establece la legislación es su trasplante. La tala únicamente podrá plantearse cuando un técnico competente acredite que el trasplante no es viable.

El informe también puede ser necesario para definir las medidas de protección durante las obras. La excavación de zanjas, el paso de maquinaria, la compactación del terreno o el almacenamiento de materiales cerca del tronco pueden dañar las raíces y afectar a la estabilidad futura del ejemplar.

Asimismo, la Ley 8/2005 prohíbe las podas drásticas, indiscriminadas y realizadas fuera del momento adecuado. Solo se admiten determinadas excepciones relacionadas, entre otras circunstancias, con la seguridad vial o peatonal, los tendidos eléctricos, la visibilidad o una reducción notable de la luz en las viviendas. Estas actuaciones deben quedar motivadas y realizarse según el criterio de un técnico competente.

El informe no sustituye a la autorización municipal

Disponer de un informe favorable no significa que el árbol pueda talarse inmediatamente. El documento sirve para fundamentar la solicitud, pero la actuación debe contar con la autorización del ayuntamiento correspondiente.

La resolución municipal puede establecer condiciones, medidas de protección y obligaciones de reposición. Tras los cambios introducidos en 2024, la compensación varía en función de la causa de la tala. También se regula específicamente la eliminación de setos formados por especies arbóreas, para los que puede exigirse un ejemplar adulto por cada dos metros lineales afectados.

La tala sin autorización de un árbol protegido puede constituir una infracción muy grave. La norma autonómica contempla multas de 100.001 a 500.000 euros, además de la posible obligación de reparar los daños y reponer el arbolado eliminado.

Informes técnicos de arbolado en Madrid

Cada caso requiere una inspección sobre el terreno. La especie, las dimensiones, el estado sanitario y estructural, la ubicación, los daños existentes y las posibles alternativas deben analizarse antes de proponer una actuación.

ForestCaza realiza inspecciones e informes técnicos de arbolado en la Comunidad de Madrid, tanto para propietarios particulares como para comunidades de propietarios, empresas y responsables de parcelas. Si necesita justificar una tala, valorar el riesgo de un árbol o tramitar una actuación ante su ayuntamiento, puede contactar con ForestCaza para estudiar el caso y solicitar presupuesto.

 

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